09 enero 2010

Curiosa Legislación

Con frecuencia me quejo de vivimos en una sociedad trágicamente dormida, de que las calles están llenas de cuerpos deshabitados y de que la idiotez impera a sus anchas en beneficio de las multinacionales, de los parásitos y de los políticos. Te pongo un ejemplo real extraido de las Leyes que hemos permitido que aprueben los enfermos legisladores que hemos votado

1. SUPUESTO
a) Txema se descarga una canción de Internet.
b) Txema decide que prefiere el disco original y, como le caen mal, va a El Corte Inglés a hurtarlo. Una vez allí, y para no dar dos viajes, opta por llevarse toda una discografía para los talleres de la muerte. La suma de lo hurtado no supera los 400 euros.
ACLARACIÓN: La descarga de la canción sería un delito con pena de 6 meses a dos años. El hurto de la discografía en El Corte Inglés ni siquiera sería un delito, sino una simple falta (art. 623.1 del Código Penal).


2. SUPUESTO
a) Alicia se descarga una canción de Internet.
b) Alicia va a hurtar a El Corte Inglés y, como se la va la mano, se lleva cincuenta compactos, por valor global de 1.000 euros.
ACLARACIÓN: Seguiría siendo más grave la descarga de Internet. El hurto sería un delito, porque supera los 400 euros, pero sería de menor pena que la descarga (art. 234 del Código Penal).


3. SUPUESTO
a) Delia o Mada, en el pleno uso de sus facultades mentales, se descarga una canción de Malena Gracia, les encanta a ambas.
b) Delia y Mada en un descuido de Malena Gracia y a pesar de que no ven bien, se llevan su coche y lo devuelven 40 horas después.
ACLARACIÓN: Sería mas grave la descarga. El hurto de uso de vehículo tiene menos pena, a tenor del articulo 244.1 del Código Penal.


4. SUPUESTO
a) Sara, Daniel, David, Patricia, Angel, Lola, Tony y Julián, total ocho personas, se intercambian copias de su música favorita.
b) Ocho personas, a pesar de estar en una escuela de espiritualidad y educacion emocional, participan en una riña tumultuosa utilizando medios o instrumentos que pueden poner en peligro sus vidas o su integridad física.
ACLARACIÓN: Es menos grave participar en una pelea que participar en el intercambio de compactos. Participar en una riña tumultuosa tiene una pena de 3 meses a 1 año (art. 154 del Código Penal) y el intercambio tendría una pena de 6 meses a 2 años (art. 270 del Código Penal). Si algún día te ves obligado a elegir entre participar en un intercambio de copias de CDs o participar en una pelea masiva, escoge siempre la segunda opción que es obviamente menos reprobable.


5. SUPUESTO
a) Angel copia la última película de su director favorito de un DVD que le presta su secretaria Gemma.
b) Angel, aprovechando su superioridad jerárquica en el trabajo, acosa sexualmente a su secretaria Gemma.
ACLARACIÓN: El acoso sexual tendría menos pena según el artículo 184.2 del Código Penal.


6. SUPUESTO
a) Pepa, Juande y Ana van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar copias de películas educativas de dibujos animados protegidas por copyright y sin autorización de los autores.
b) Pepa, Juande y Ana van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar películas pornográficas protagonizadas y creadas por la pareja.
ACLARACIÓN: La acción menos grave es la de distribuir material pornográfico a menores según el articulo 186 del Código Penal. La distribución de copias de material con copyright sería un delito al existir un lucro consistente en el ahorro conseguido por eludir el pago de los originales cuyas copias han sido objeto de distribución.


7. SUPUESTO
a) Christian, que es un bromista, le copia a su amigo Paulo el último disco de Andy y Lucas, diciéndole que es el 'Kill'em All' de Metallica.
b) Christian, que es un hijo de p..., deja una jeringuilla infectada de SIDA en un parque público.
ACLARACIÓN: La segunda "broma" sería menos grave, a tenor del artículo 630 del Código Penal

8. SUPUESTO
a) Manuel, que es médico, fotocopia una página de un libro.
b) Manuel le da un par de puñetazos a su amigo por recomendarle ir a ver la pésima película 'La Jungla 4.0'.
ACLARACIÓN: La acción más grave desde un punto de vista penal sería la 'a', puesto que la reproducción, incluso parcial, es un delito con pena de 6 meses a 2 años de prisión y multa. Los puñetazos, si no precisaron una asistencia médica o quirúrgica, serían tan solo una falta en virtud de lo dispuesto en el artículo 617 en relación con el 147 del Código Penal.

Ahora ya sabes, pega, viola, acosa, roba pero, eso sí, ni se te ocurra usar el "emule". No estoy a favor de poder coger gratuitamente material que otros han producido con su esfuerzo y tiempo, y me parece muy peligrosa esta costumbre infantil de creerse con derecho a recibir todo sin dar nada a cambio (?!), pero las Leyes que lo pretenden regular son peor que el mal. ¿Dónde vamos?

A ver si damos a esta lista un paseo por la Red y, por vergüenza o por decencia, algún legislador pone algún remedio, aunque conociéndolos lo dudo...

Texto original de ([email protected])

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